8 de noviembre de 2010

Real decreto sobre la matriculación y abanderamiento de embarcaciones.




Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.


Aquí tenemos un nuevo real decreto a ver si sacamos algo en limpio en lo que afecta a nuestra actividad, que ultimamente parece ser que es ilegal.

Dejo el enlace a rapidshare para poder descargarlo:

Real decreto de 5 de noviembre para la matriculación de embarcaciones

Un saludo.

4 comentarios:

  1. Muchas gracias, tendremos que estudiarlo haber que podemos hacer...

    Un saludo.

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  2. Pues después de leerlo con calma lo que me queda claro es que este decreto no nos afecta y que según pone en el mismo, los kayak estarán regulados por una normativa propia que si no me equivoco todavía no existe...

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  3. Yo tambien creo que siguen dejandonos fuera, aunque no estaria mal darse una vuelta y preguntar si con este real decreto se pueden o no matricular y a ver que cuentan.

    Un saludo.

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  4. roberto murias:
    nada, seguimos siendo un artefacto flotante o de playa, con lo que no lo podemos matricular por no ser una embarcacion... pero casi que mejor, lo unico malo sera que si algun dia nos multa la conserjeria abra que recurrir la multa , que yo creo que ganariamos el recurso, lo malo es a ver a quien le toca ser el primero.

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